Exención uso agrícola del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
Detalle de trámites
Exención vehículos agrícolas del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
Vehículos agrícolas: La exención del IVTM se concede a los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de inspección Agrícola, siendo obligatorio solicitar dicha exención que surtirá efectos para el ejercicio siguiente.
Dirigido a: Personas físicas Personas jurídicas
Órgano Gestor: Hacienda
Tema: Tributos
Para poder aplicar la Exención, los interesados deberán instar su concesión indicando las características del vehículo, su matrícula y la causa del beneficio. Declarada la exención por la Administración municipal, se expedirá un documento que acredite su concesión. La presente exención es de caracter rogado y se aplicará en el siguiente devengo del impuesto (ejercicio siguiente) NO teniendo efectos retroactivos. |
Instancia de parte |
Art,93 g) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanza fiscal del ayuntamiento
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La tramitación electrónica es obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. Para el resto de interesados la presentación también puede ser presencial. Asimismo a través de cualesquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
Negativo