Comunicación de datos bancarios
Detalle de trámites
Comunicación de datos bancarios
Mediante este procedimiento se declara del número de cuenta bancaria para recibir los pagos que emite el Ayuntamiento, bien sea para el cobro de facturas, devoluciones de ingreso o cualquier otra causa.
Sólo se admite un número de cuenta, por lo que el IBAN declarado sustituirá a cualquier otro existente con anterioridad.
Dirigido a: Personas físicas Personas jurídicas
Órgano Gestor: Hacienda
Tema: Tributos Declaraciones
Es necesaria su presentación porque el Ayuntamiento no realiza pagos en efectivo.
PAGO DE FACTURAS: El pago de las facturas se realizará en el número de cuenta comunicado con independencia del que se hubiese señalado, en su caso, en el momento de presentación de la factura en el sistema FACE.
Oficio o instancia de parte |
- En presentación ELECTRÓNICA la comunicación se generará automáticamente, por lo que no hace falta adjuntar nada.
- En presentación PRESENCIAL es necesario descargar el impreso de Comunicación de datos bancarios y firmarlo, adjuntando copia del DNI.
La tramitación electrónica es obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Para el resto de interesados la presentación también puede ser presencial.
Asimismo a través de cualesquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.