Bonificaciones en cursos o actividades deportivas
Detalle de trámites
Bonificaciones en cursos o actividades deportivas
Las bonificaciones suponen una minoración de la cuota íntegra del impuesto.
Dirigido a: Personas físicas Personas jurídicas
Órgano Gestor: Órgano Gestor Hacienda
Tema: Tributos
Interesado principal y/o representante
El plazo para solicitar la bonificación es el que se establece en la Ordenanza Fiscal y se concederá si en al fecha del devengo del tributo concurren los requisitos exigidos para su disfrute.
Instancia de parte |
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Presentar documentación acreditativa de la condición que justifique la bonificación, en su caso:
- Dictamen Técnico facultativo de calificación de minusvalía.
- Resolución concesión condición de minusválido.
- Título de Familia Numerosa válido, expedido por la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Certificado de empadronamiento familiar.
- Certificado individualizado de pensionista.
La tramitación electrónica es obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Para el resto de interesados la presentación también puede ser presencial.
Asimismo a través de cualesquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.