Detalle de trámites

Comunicación IIVT a efectos de inscripción en el Registro de la Propiedad

Este trámite permite comunicar el hecho imponible de IIVT a los efectos establecidos en el artículo 254 del Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria, para proceder a la inscripción en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con lo que prevé el artículo 110.6 b) del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, RD 2/2004 de 5 de marzo.

Dirigido a: Personas físicas

Órgano Gestor: Hacienda

Tema: Tributos

Información adicional

Esta comunicación será realizada por un interesado en el procedimiento para proceder a la inscripción del nuevo titular en el Registro de la Propiedad, cuando no es el sujeto pasivo del IIVT.

El hecho que se haga uso de la presente comunicación para inscribir un documento en el Registro de la Propiedad, no exime la obligación del sujeto pasivo de practicar la autoliquidación o de presentar la correspondiente declaración en los plazos y con los requisitos establecidos legalmente.

Quién puede solicitar

Interesado principal y/o representante

Inicio

Instancia de parte

Normativa
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (artículo 110).
  • Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria (artículo 254).
Documentación
PRESENTACIÓN

La tramitación electrónica es obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Para el resto de interesados la presentación también puede ser presencial.

Asimismo a través de cualesquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

TRAMITACIÓN