Detalle de trámites

Bonificaciones en cursos o actividades deportivas

Las bonificaciones suponen una minoración de la cuota íntegra del impuesto.

Dirigido a: Personas físicas Personas jurídicas

Órgano Gestor: Órgano Gestor Hacienda

Tema: Tributos

Quién puede solicitar

Interesado principal y/o representante

Cuándo solicitar

El plazo para solicitar la bonificación es el que se establece en la Ordenanza Fiscal y se concederá si en al fecha del devengo del tributo concurren los requisitos exigidos para su disfrute.

Inicio

Instancia de parte

Normativa
  • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (artículo 74.4).
  • Ordenanza Reguladora del Precio Público Actividades Deportivas, escuelas deportivas y utilización instalaciones deportes.
Documentación

Presentar documentación acreditativa de la condición que justifique la bonificación, en su caso:

  • Dictamen Técnico facultativo de calificación de minusvalía.
  • Resolución concesión condición de minusválido.
  • Título de Familia Numerosa válido, expedido por la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
  • Certificado de empadronamiento familiar.
  • Certificado individualizado de pensionista.
PRESENTACIÓN

La tramitación electrónica es obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, y quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Para el resto de interesados la presentación también puede ser presencial.

Asimismo a través de cualesquiera de los medios recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

TRAMITACIÓN